Art. 1
Objeto y ámbito de aplicación
En vigor desde 5 mar 2019
Artículo 1
Objeto y ámbito de aplicación
El presente Reglamento se refiere a las listas de terceros países, o regiones de los mismos, autorizados, desde el punto de vista de la seguridad alimentaria, a introducir en la Unión Europea partidas de determinados animales y productos destinados al consumo humano, de conformidad con el artículo 126, apartado 2, letra a), del Reglamento (UE) 2017/625.
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