Art. 1
Potencial de eficiencia en la calefacción y la refrigeración
En vigor desde 4 mar 2019
Artículo 1
Potencial de eficiencia en la calefacción y la refrigeración
1. El anexo VIII de la Directiva 2012/27/UE se sustituye por el texto del anexo I del presente Reglamento.
2. El anexo IX de la Directiva 2012/27/UE queda modificado con arreglo a lo dispuesto en el anexo II del presente Reglamento.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg_del:2019:826:oj#art-1