Art. 1

Art. 1

En vigor desde 28 feb 2019
Artículo 1 Los descriptores genéricos que figuran en el anexo del presente Reglamento están exentos de la aplicación del artículo 1, apartado 3, del Reglamento (CE) n.o 1924/2006, en las condiciones establecidas en dicho anexo.
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