Art. 3 · Objetivos operativos

Art. 3

Objetivos operativos

En vigor desde 26 feb 2019
Artículo 3 Objetivos operativos Los objetivos operativos del Fondo de Innovación serán los siguientes: a) apoyar proyectos que demuestren tecnologías, procesos o productos altamente innovadores, cuya madurez sea suficiente y con un potencial considerable para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero; b) ofrecer apoyo financiero adaptado a las necesidades del mercado y los perfiles de riesgo de los proyectos admisibles, a la vez que atraer recursos públicos y privados adicionales; c) garantizar que los ingresos del Fondo de Innovación se gestionen de conformidad con los objetivos de la Directiva 2003/87/CE.
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