Art. 2 · Definiciones

Art. 2

Definiciones

En vigor desde 26 feb 2019
Artículo 2 Definiciones A los efectos del presente Reglamento, se entenderá por: 1) «cierre financiero», el momento en el ciclo de desarrollo del proyecto en que se firman todos los acuerdos de proyecto y financiación y se satisfacen todas las condiciones requeridas contenidas en los mismos; 2) «puesta en funcionamiento», el momento en el ciclo de desarrollo del proyecto en que se prueban todos los elementos y sistemas requeridos para el funcionamiento del proyecto y se inician las actividades que permiten evitar de manera efectiva las emisiones de gases de efecto invernadero; 3) «proyecto de pequeña escala», un proyecto con un gasto de capital total que no exceda de 7 500 000 EUR.
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