Art. 3
Modalidades relativas a las condiciones de financiación y a su aplicación
En vigor desde 15 feb 2019
Artículo 3
Modalidades relativas a las condiciones de financiación y a su aplicación
1. Las condiciones de financiación finales se determinarán de conformidad con el anexo.
2. Las modalidades de aplicación de las condiciones de financiación en lo que respecta a la metodología para el establecimiento del importe predefinido correspondiente de los gastos que debe reembolsarse y la presentación de información a la Comisión para el establecimiento de la operación objeto de reembolso basado en condiciones de financiación se determinarán de conformidad con el anexo.
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