Art. 2 · Definiciones

Art. 2

Definiciones

En vigor desde 11 feb 2019
Artículo 2 Definiciones A los efectos del presente Reglamento, se entenderá por: 1) «coste real», el coste efectivamente asumido en un año civil por la prestación de servicios de navegación aérea sujetos a la certificación de cuentas o, en su defecto, a una auditoría final; 2) «dependencia de servicios de tránsito aéreo» o «dependencia ATS», la dependencia, ya sea civil o militar, responsable de prestar servicios de tránsito aéreo en un espacio aéreo determinado; 3) «coordinador de aeropuertos», la persona física o jurídica nombrada por un Estado miembro para llevar a cabo las funciones de coordinación en los aeropuertos coordinados que se indican en el artículo 4 del Reglamento (CEE) n.o 95/93 del Consejo (9); 4) «gestor de aeropuertos», la persona física o jurídica que se ocupa de la gestión de uno o más aeródromos; 5) «usuario del espacio aéreo», el operador de la aeronave en el momento en que se efectúa el vuelo o, si la identidad del operador no se conoce, el propietario de la aeronave, salvo que pueda demostrarse que el operador en ese momento era otra persona; 6) «representante de los usuarios del espacio aéreo», la persona física o jurídica que representa los intereses de una o varias categorías de usuarios del espacio aéreo; 7) «centro de control de área», la dependencia que presta servicios de tránsito aéreo a los vuelos controlados en su área de responsabilidad; 8) «zona de tarificación de ruta», el volumen de espacio aéreo que se extiende desde el suelo hasta el espacio aéreo superior inclusive, en que se prestan servicios de navegación aérea de ruta y para el que se establecen una base de costes y una tarifa unitaria únicas; 9) «acontecimiento excepcional», las circunstancias en que la capacidad de ATM es anormalmente reducida, de manera que el nivel de retrasos en la gestión de afluencia del tránsito aéreo («ATFM») es anormalmente elevado a consecuencia de una limitación prevista inducida por un cambio operativo o técnico, circunstancias meteorológicas adversas graves, la indisponibilidad de grandes partes del espacio aéreo por causas naturales o políticas, o una huelga, y la activación de la Célula de Coordinación de Crisis de la Aviación Europea («CCCAE») por el Gestor de la Red; 10) «movimientos de transporte aéreo IFR al año», la suma de los despegues y los aterrizajes efectuados según las IFR, calculada como la media anual de los tres años civiles anteriores al año en que debía presentarse el proyecto de plan de rendimiento de conformidad con el artículo 12; 11) «estimación del índice de inflación», el índice de inflación anual basado en el tercer año antes del inicio de un período de referencia y calculado empleando la estimación de la inflación más reciente disponible de la variación porcentual media del índice de precios de consumo (IPC) publicada por el Fondo Monetario Internacional para el Estado miembro de que se trate en el momento de la elaboración del plan de rendimiento; si la variación porcentual publicada por el Fondo Monetario Internacional para un año determinado es negativa, se usará un valor cero; 12) «índice real de inflación», el índice real de inflación anual basado en el tercer año antes del inicio de un período de referencia y calculado empleando la tasa real de inflación publicada por la Comisión en el índice armonizado de precios de consumo de Eurostat para el Estado de que se trate en abril del año n + 1; si la variación porcentual publicada por la Comisión para un año determinado es negativa, se usará un valor cero; 13) «inversión importante», la adquisición, el desarrollo, la sustitución, la mejora o el arrendamiento de activos fijos que representa un valor total a lo largo de toda la vida de los activos superior a 5 millones EUR en términos reales; 14) «autoridad nacional», una autoridad reguladora o supervisora establecida por uno o más Estados miembros a escala nacional o de bloque funcional de espacio aéreo; 15) «inversión nueva y en curso», la adquisición, el desarrollo, la sustitución, la mejora o el arrendamiento de activos fijos en que los costes de amortización, el coste del capital o, en el caso del arrendamiento, los costes de explotación se contraen durante el período de referencia abarcado por el plan de rendimiento; 16) «período de referencia», el período de validez y aplicación de los objetivos de rendimiento a escala de la Unión, según lo establecido en el artículo 11, apartado 3, letra d), del Reglamento (CE) n.o 549/2004 y en el artículo 7 del presente Reglamento; 17) «valor de referencia», el valor de retraso ATFM en ruta calculado por el Gestor de la Red para cada Estado miembro y cada bloque funcional de espacio aéreo a efectos de garantizar el cumplimiento del objetivo de retraso ATFM en ruta a escala de la Unión; 18) «costes de reestructuración», los costes puntuales y significativos asumidos por los proveedores de servicios de navegación aérea en el proceso de reestructuración debido a la introducción de nuevas tecnologías, procedimientos o modelos empresariales para estimular la prestación integrada de servicios, el pago de indemnizaciones a los empleados, el cierre de centros de control del tránsito aéreo, la transferencia de actividades a nuevas ubicaciones, la amortización de activos o la adquisición de participaciones estratégicas en otros proveedores de servicios de navegación aérea; 19) «incursión en pista», cualquier incidencia en un aeródromo que implique la presencia incorrecta de una aeronave, un vehículo o una persona en la zona protegida de una superficie designada para el aterrizaje y despegue de aeronaves; 20) «infracción de las distancias mínimas de separación», la situación en que no se respetan las distancias mínimas de separación entre aeronaves prescritas; 21) «zona de tarificación de aproximación», un aeropuerto o un grupo de aeropuertos situados dentro de los territorios de un Estado miembro en que se prestan servicios de navegación aérea de aproximación y para los que se han establecido una base de costes y una tarifa unitaria únicas.
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