Art. 11 · Descripción de los activos no admisibles

Art. 11

Descripción de los activos no admisibles

En vigor desde 1 feb 2019
Artículo 11 Descripción de los activos no admisibles La información a que se refiere el artículo 14, apartado 1, letra f), del Reglamento (UE) n.o 346/2013 contendrá como mínimo una descripción de todos los elementos siguientes: a) las técnicas de inversión y las restricciones de inversión aplicables; b) el sector o los sectores de actividad de las empresas en cartera no admisibles; c) la zona geográfica en la que las empresas en cartera no admisibles desarrollan su actividad; d) los criterios que se deben utilizar para seleccionar los tipos de activos.
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