Art. 9
Medida transitoria
En vigor desde 29 ene 2019
Artículo 9
Medida transitoria
La monensina sódica, la narasina, la endo-1,4-beta-mananasa y el diclazuril producidos y etiquetados antes de la fecha de entrada en vigor del presente Reglamento de conformidad con las normas aplicables antes de dicha fecha continuarán comercializándose en el mercado hasta que se agoten las existencias.
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