Art. 35
Derogación
En vigor desde 16 ene 2019
Artículo 35
Derogación
Queda derogado el Reglamento (CE) n.o 1236/2005.
Las referencias al Reglamento derogado se entenderán hechas al presente Reglamento con arreglo a la tabla de correspondencias que figura en el anexo XI.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg:2019:125:oj#art-35