Art. 1 · Objeto

Art. 1

Objeto

En vigor desde 8 ene 2019
Artículo 1 Objeto El presente Reglamento complementa la Directiva 2007/46/CE, el Reglamento (UE) n.o 167/2013, el Reglamento (UE) n.o 168/2013, y el Reglamento (UE) 2016/1628 mediante el establecimiento de disposiciones especiales para la homologación de tipo UE y la introducción en el mercado de vehículos, sistemas, componentes y unidades técnicas independientes que hayan recibido la homologación de tipo de la autoridad de homologación de tipo del Reino Unido, mientras que se siga aplicando a y en el Reino Unido la legislación de la Unión sobre homologación de tipo a que se refiere el artículo 2, apartado 1, del presente Reglamento.
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