Art. 44 · Separación de funciones

Art. 44

Separación de funciones

En vigor desde 18 dic 2018
Artículo 44 Separación de funciones Las funciones de ordenador y contable serán funciones separadas y mutuamente excluyentes. El organismo de la Unión pondrá a disposición de cada agente financiero los recursos necesarios para el desempeño de sus funciones y una carta en la que se describan con todo detalle sus funciones, derechos y obligaciones.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg_del:2019:715:oj#art-44