Art. 40 · Información sobre transferencias de datos personales para fines de auditoría

Art. 40

Información sobre transferencias de datos personales para fines de auditoría

En vigor desde 18 dic 2018
Artículo 40 Información sobre transferencias de datos personales para fines de auditoría En toda convocatoria prevista en relación con subvenciones, contratos públicos o premios gestionada mediante ejecución directa, los beneficiarios, candidatos, licitadores y participantes potenciales serán informados de conformidad con el Reglamento (UE) 2018/1725 de que, para salvaguardar los intereses financieros de la Unión, sus datos personales podrán transferirse a los servicios de auditoría interna, al Tribunal de Cuentas Europeo o a la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude, así como entre los ordenadores de los organismos de la Unión, la Comisión y las agencias ejecutivas.
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