Art. 6 · Modificaciones del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 1247/2012

Art. 6

Modificaciones del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 1247/2012

En vigor desde 13 dic 2018
Artículo 6 Modificaciones del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 1247/2012 El Reglamento de Ejecución (UE) n.o 1247/2012 queda modificado como sigue: 1) El artículo 4 queda modificado como sigue: a) el apartado 7 se sustituye por el texto siguiente: «El derivado se clasificará en el cuadro 2, campo 4, del anexo utilizando el código de clasificación de instrumento financiero (CFI) según la norma ISO 10692.»; b) se suprimen los apartados 8 y 9. 2) En el artículo 4 bis, el apartado 1 se sustituye por el texto siguiente: «1.   Toda notificación se identificará mediante un identificador de operación único acordado por las contrapartes.». 3) El anexo se sustituye por el texto del anexo II del presente Reglamento.
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