Art. 9 · Altos directivos y miembros del consejo de administración

Art. 9

Altos directivos y miembros del consejo de administración

En vigor desde 13 dic 2018
Artículo 9 Altos directivos y miembros del consejo de administración Las solicitudes de inscripción como registro de operaciones contendrán la información que a continuación se indica, con respecto a cada alto directivo y cada miembro del consejo de administración: a) una copia del currículum; b) información pormenorizada sobre los conocimientos y la experiencia en materia de gestión, funcionamiento y desarrollo de las tecnologías de la información; c) información detallada sobre toda posible condena penal relacionada con la prestación de servicios financieros o servicios de datos, o con actos de fraude o malversación de fondos, en particular mediante un certificado oficial cuando sea posible obtenerlo en el Estado miembro de que se trate; d) una autodeclaración de honorabilidad en relación con la prestación de servicios financieros o servicios de datos, en la que cada uno de los altos directivos y los miembros del consejo de administración manifieste si: i) ha sido declarado culpable de infracción penal en relación con la prestación de servicios financieros o servicios de datos o en relación con actos de fraude o malversación, ii) ha sido declarado responsable en algún procedimiento disciplinario incoado por una autoridad reguladora u organismos o entes públicos, o está incurso en un procedimiento de ese tipo aún pendiente de resolución, iii) ha sido objeto de una resolución judicial condenatoria en un proceso civil en relación con la prestación de servicios financieros o servicios de datos, o en relación con irregularidades o fraude en la gestión de una empresa, iv) ha formado parte del consejo de administración o de la alta dirección de una empresa cuyo registro o autorización haya sido revocado por un organismo regulador, v) le ha sido denegado el derecho a ejercer actividades que requieran la inscripción o la autorización por parte de un organismo regulador, vi) ha formado parte del consejo de administración o la alta dirección de una empresa declarada en quiebra o liquidación mientras tenía relación con ella, o en el año siguiente al cese de su relación con la empresa, vii) ha formado parte del consejo de administración o la alta dirección de una empresa sobre la que haya recaído resolución adversa o sanción adoptada por un organismo regulador, viii) ha sido, de algún otro modo, objeto de sanción pecuniaria, suspensión o inhabilitación, o de alguna otra sanción en relación con actos de fraude o malversación o con la prestación de servicios financieros o servicios de datos, por un organismo público, un organismo público, regulador o profesional, ix) ha sido inhabilitado para desempeñar la función de consejero o cualquier cargo directivo, cesado en su empleo o en otro cargo de una empresa a raíz de falta grave o negligencia; e) una declaración sobre los posibles conflictos de intereses a que estén expuestos los altos directivos y los miembros del consejo de administración en el ejercicio de sus funciones, y sobre cómo se gestionan estos conflictos.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg_del:2019:359:oj#art-9