Art. 4
Período de gracia
En vigor desde 6 dic 2018
Artículo 4
Período de gracia
Todo período de gracia concedido por los Estados miembros de conformidad con el artículo 46 del Reglamento (CE) n.o 1107/2009 será lo más breve posible y expirará, a más tardar, el 27 de marzo de 2020.
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