Art. 5
Autoridad responsable del intercambio de información complementaria
En vigor desde 28 nov 2018
Artículo 5
Autoridad responsable del intercambio de información complementaria
La oficina Sirene designada con arreglo al artículo 7 del Reglamento (UE) 2018/1861 garantizará el intercambio de toda información complementaria sobre nacionales de terceros países que sean objeto de una descripción sobre retorno de conformidad con los artículos 7 y 8 de dicho Reglamento.
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