Art. 1
En vigor desde 26 nov 2018
Artículo 1
En el artículo 1, apartado 1, letra a), del Reglamento (UE) 2015/1588, se añaden los siguientes incisos:
«xv)
la financiación que se canalice a través de instrumentos financieros o garantías presupuestarias de la UE gestionados de forma centralizada o reciba respaldo de estos, cuando la ayuda revista la forma de financiación adicional prestada a través de recursos estatales;
xvi)
los proyectos financiados por los programas de cooperación territorial europea de la UE;».
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