Art. 53 · Transferencia de los saldos restantes de los anteriores FED

Art. 53

Transferencia de los saldos restantes de los anteriores FED

En vigor desde 26 nov 2018
Artículo 53 Transferencia de los saldos restantes de los anteriores FED Las transferencias al 11.o FED de los saldos restantes de los recursos constituidos en el marco de los Acuerdos internos relativos a los FED anteriores se efectuarán de conformidad con el artículo 1, apartado 2, letra b), y apartados 3 y 4, del Acuerdo interno.
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