Art. 53
Transferencia de los saldos restantes de los anteriores FED
En vigor desde 26 nov 2018
Artículo 53
Transferencia de los saldos restantes de los anteriores FED
Las transferencias al 11.o FED de los saldos restantes de los recursos constituidos en el marco de los Acuerdos internos relativos a los FED anteriores se efectuarán de conformidad con el artículo 1, apartado 2, letra b), y apartados 3 y 4, del Acuerdo interno.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg:2018:1877:oj#art-53