Art. 57 · Transferencias basadas en una decisión de adecuación

Art. 57

Transferencias basadas en una decisión de adecuación

En vigor desde 14 nov 2018
Artículo 57 Transferencias basadas en una decisión de adecuación Eurojust podrá transferir datos personales operativos a un tercer país u organización internacional cuando la Comisión haya decidido, de conformidad con el artículo 36 de la Directiva (UE) 2016/680, que dicho tercer país, o un territorio o uno o varios sectores específicos de ese tercer país, o dicha organización internacional de que se trate garantizan un nivel adecuado de protección.
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