Art. 33 · Derecho de limitación del tratamiento

Art. 33

Derecho de limitación del tratamiento

En vigor desde 14 nov 2018
Artículo 33 Derecho de limitación del tratamiento Sin perjuicio de las excepciones establecidas en el artículo 29, apartado 7 del presente Reglamento, cuando se haya limitado el tratamiento de datos personales operativos en virtud del 82, apartado 3, del Reglamento (UE) 2018/1725, los datos personales operativos, solo serán objeto de tratamiento con fines de protección de los derechos del titular de los datos o de cualquier otra persona física o jurídica que sea parte en los procedimientos en los que Eurojust sea parte, o a los fines establecidos en el artículo 82, apartado 3, del Reglamento (UE) 2018/1725.
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