Art. 2

Art. 2

En vigor desde 10 oct 2018
Artículo 2 El Reglamento (CE) n.o 396/2005, en su versión anterior a las modificaciones introducidas por el presente Reglamento, seguirá siendo aplicable a los productos producidos en la Unión o importados a la Unión antes del 1 de mayo de 2019.
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