Art. 33 · Protección de los datos personales

Art. 33

Protección de los datos personales

En vigor desde 2 oct 2018
Artículo 33 Protección de los datos personales El tratamiento de los datos personales por parte de las autoridades competentes en el marco del presente Reglamento por parte de las autoridades competentes cumplirá lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679. El tratamiento de los datos personales por parte de la Comisión en el marco del presente Reglamento será conforme con el Reglamento (UE) 2018/1725.
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