Art. 3 · Objetivo general

Art. 3

Objetivo general

En vigor desde 2 oct 2018
Artículo 3 Objetivo general El objetivo general del Cuerpo Europeo de Solidaridad es promover la solidaridad como un valor, principalmente a través del voluntariado, y aumentar la participación de los jóvenes y las organizaciones en actividades de solidaridad accesibles y de gran calidad como medio de contribuir a reforzar la cohesión, la solidaridad, la democracia y la ciudadanía en Europa, respondiendo al mismo tiempo a los desafíos de la sociedad y fortaleciendo las comunidades, con un empeño especial en promover la inclusión social. El Cuerpo Europeo de Solidaridad contribuirá también a una cooperación europea que sea de interés para los jóvenes.
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