Art. 1 · Definiciones

Art. 1

Definiciones

En vigor desde 3 sept 2018
Artículo 1 Definiciones A los efectos del presente Reglamento, se entenderá por: 1)   «emisor»: una sociedad que tenga su domicilio social en un Estado miembro y cuyas acciones coticen en un mercado regulado que esté situado u opere en un Estado miembro, o un tercero designado por dicha sociedad para ejecutar las tareas previstas en el presente Reglamento; 2)   «emisor DCV»: el depositario central de valores que preste el servicio básico, tal como se define en los puntos 1 o 2 de la sección A del anexo del Reglamento (UE) n.o 909/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo (2) en lo que respecta a las acciones negociadas en un mercado regulado; 3)   «acto societario»: una actuación iniciada por el emisor o un tercero que implique el ejercicio de los derechos derivados de las acciones y que pueda o no afectar a la acción subyacente, tales como la distribución de los beneficios o una junta general; 4)   «intermediario»: una persona tal como se define en el artículo 2, letra d), de la Directiva 2007/36/CE y un intermediario de un tercer país en el sentido del artículo 3 sexies de la Directiva 2007/36/CE; 5)   «actuación del accionista»: cualquier respuesta, instrucción u otra reacción por parte del accionista o de un tercero designado por el accionista, según proceda en función del Derecho aplicable, a efectos del ejercicio de los derechos de los accionistas derivados de las acciones, en un acto societario; 6)   «último intermediario»: cualquier intermediario que proporcione las cuentas de valores en la cadena de intermediarios para el accionista; 7)   «fecha de registro»: fecha fijada por el emisor en la que los derechos derivados de las acciones, incluido el derecho a participar en una junta general y a votar en ella, y la identidad de los accionistas se determinarán en función de las posiciones liquidadas inscritas en los libros del emisor DCV o de otro primer intermediario mediante asientos contables al cierre de sus actividades; 8)   «posición autorizada»: la posición de tenedor de una acción a partir de la «fecha de registro», que conlleva los derechos derivados de las acciones, incluido el derecho a participar en juntas generales y a votar en ellas; 9)   «primer intermediario»: el «emisor DCV» u otro intermediario designado por el emisor que lleve los registros de acciones del emisor mediante asientos contables en el nivel más alto con respecto a las acciones negociadas en un mercado regulado, o que posea las acciones en el nivel más alto en nombre de los accionistas del emisor. El primer intermediario puede también actuar en calidad de último intermediario; 10)   «fecha de pago»: la fecha en que el accionista devenga, si procede, el pago correspondiente al producto de un acto societario; 11)   «período de elección»: el período durante el cual el accionista puede elegir entre las opciones disponibles en un acto societario; 12)   «fecha límite de participación»: la fecha límite para comprar o transferir las acciones que den derecho a participar en el acto societario, excepto el derecho a participar en una junta general; 13)   «plazo de protección del comprador»: el día y la hora límite en los que un comprador que aún no haya recibido la acción subyacente de un acto societario que conlleve opciones para el accionista ha de dar instrucciones al vendedor en cuanto a la elección entre las opciones; 14)   «plazo del emisor»: el día y la hora límite, fijados por el emisor, en los que se ha de notificar al emisor, al tercero designado por el emisor o al emisor DCV las actuaciones de los accionistas relativas al acto societario; en el contexto de un acto societario iniciado por un tercero, esto se aplicará a cualquier plazo para notificar al tercero o al tercero designado por dicho tercero las actuaciones del accionista relativas al acto societario iniciado por este; 15)   «fecha ex»: la fecha a partir de la cual las acciones son objeto de negociación sin los derechos derivados de las acciones, incluido el derecho a participar en juntas generales y a votar en ellas; 16)   «código ISIN»: número internacional de identificación de valores asignado a los valores definidos por la norma ISO 6166 o una metodología compatible; 17)   «LEI»: identificador de entidad jurídica ISO 17442 al que se hace referencia en el Reglamento de Ejecución (UE) n.o 1247/2012 de la Comisión (3).
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