Art. 1

Art. 1

En vigor desde 28 ago 2018
Artículo 1 Queda registrada la denominación «Rucavas baltais sviests» (IGP). La denominación contemplada en el párrafo primero identifica un producto de la clase 1.5. Aceites y grasas (mantequilla, margarina, aceite, etc.), del anexo XI del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 668/2014 de la Comisión (3).
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