Art. 277 · Modificación del Reglamento (UE) n.o 283/2014

Art. 277

Modificación del Reglamento (UE) n.o 283/2014

En vigor desde 18 jul 2018
Artículo 277 Modificación del Reglamento (UE) n.o 283/2014 El Reglamento (UE) n.o 283/2014 se modifica como sigue: 1. En el artículo 2, apartado 2, la letra e) se sustituye por el texto siguiente: «e) «servicios genéricos», los servicios de pasarela que conectan una o más infraestructuras nacionales a plataformas centrales de servicios, así como los servicios que incrementan la capacidad de una infraestructura de servicios digitales al proporcionar acceso a instalaciones de recursos informáticos, almacenamiento y gestión de datos de alto rendimiento.». 2) El artículo 5 se modifica como sigue: a) el apartado 4 se sustituye por el texto siguiente: «4.   Las acciones que contribuyan a proyectos de interés común en el ámbito de las infraestructuras de servicios digitales serán apoyadas mediante: a) la contratación; b) subvenciones, y/o c) instrumentos financieros tal como se definen en apartado 5.»; b) se inserta el apartado siguiente: «4 bis.   La aportación total del presupuesto de la Unión a los instrumentos financieros para infraestructuras de servicios digitales a que se refiere el apartado 4, letra c), del presente artículo, no será superior al 10 % de la dotación financiera para el sector de las telecomunicaciones a que se refiere la letra b) del artículo 5, apartado 1, del Reglamento (UE) n.o 1316/2013.». 3) En el artículo 8, el apartado 1 se sustituye por el texto siguiente: «1.   Sobre la base de la información recibida en virtud del artículo 22, párrafo tercero, del Reglamento (UE) n.o 1316/2013, los Estados miembros y la Comisión intercambiarán información y mejores prácticas acerca de los avances conseguidos en la aplicación del presente Reglamento, incluido el uso de instrumentos financieros. En su caso, los Estados miembros recurrirán para ello a las autoridades regionales y locales. La Comisión publicará un resumen anual de esa información y lo presentará al Parlamento Europeo y al Consejo.».
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