Art. 251
Informe de situación sobre cuestiones contables
En vigor desde 18 jul 2018
Artículo 251
Informe de situación sobre cuestiones contables
A más tardar el 15 de septiembre de cada ejercicio, el contable de la Comisión enviará al Parlamento Europeo y al Consejo un informe con información relativa a los riesgos corrientes y las tendencias generales que haya observado, a las nuevas cuestiones contables, a los progresos en cuestiones de contabilidad, incluidas las planteadas por el Tribunal de Cuentas, y a la información sobre los cobros.
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