Art. 3 · Requisitos de información específicos para los índices de referencia de tipos de interés

Art. 3

Requisitos de información específicos para los índices de referencia de tipos de interés

En vigor desde 13 jul 2018
Artículo 3 Requisitos de información específicos para los índices de referencia de tipos de interés Además de la información que debe incluirse en virtud del artículo 1 respecto de un índice de referencia de tipos de interés o, en su caso, una familia de índices de referencia de tipos de interés, la declaración sobre el índice de referencia especificará al menos la información siguiente: a) una referencia que ponga a los usuarios sobre aviso del régimen normativo adicional aplicable a los índices de referencia de tipos de interés en virtud del anexo I del Reglamento (UE) 2016/1011; b) una descripción de las medidas que se hayan adoptado para dar cumplimiento a lo dispuesto en dicho anexo.
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