Art. 5 · Políticas sobre el ejercicio de la discrecionalidad en la aportación de datos de cálculo

Art. 5

Políticas sobre el ejercicio de la discrecionalidad en la aportación de datos de cálculo

En vigor desde 13 jul 2018
Artículo 5 Políticas sobre el ejercicio de la discrecionalidad en la aportación de datos de cálculo Si el código de conducta prevé que el contribuidor ejerza la discrecionalidad en la aportación de datos de cálculo, exigirá que este establezca políticas sobre dicho ejercicio que especifiquen al menos lo siguiente: a) las circunstancias en las que el contribuidor podrá ejercer la discrecionalidad; b) las personas dentro de la organización del contribuidor autorizadas a ejercer la discrecionalidad; c) los controles internos que regulan el ejercicio de la facultad discrecional del contribuidor de acuerdo con sus políticas; d) las personas dentro de la organización del contribuidor autorizadas a realizar una evaluación ex post del ejercicio de la discrecionalidad.
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