Art. 5
Información sobre el agotamiento de la cuota del jurel chileno
En vigor desde 4 jul 2018
Artículo 5
Información sobre el agotamiento de la cuota del jurel chileno
Los Estados miembros informarán a la mayor brevedad a la Comisión de la fecha del cierre de una pesquería de jurel chileno que haya alcanzado el 100 % de su límite de capturas. La Comisión transmitirá sin demora esta información a la Secretaría de la SPRFMO.
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