Art. 5
Funciones del ponente
En vigor desde 13 jun 2018
Artículo 5
Funciones del ponente
1. El ponente realizará un examen preliminar del recurso y presentará los resultados de dicho examen a los demás miembros de la Sala de Recurso.
2. El ponente redactará un proyecto de conclusiones de la Sala de Recurso.
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