Art. 5 · Funciones del ponente

Art. 5

Funciones del ponente

En vigor desde 13 jun 2018
Artículo 5 Funciones del ponente 1.   El ponente realizará un examen preliminar del recurso y presentará los resultados de dicho examen a los demás miembros de la Sala de Recurso. 2.   El ponente redactará un proyecto de conclusiones de la Sala de Recurso.
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