Art. 34 · Costas para las partes

Art. 34

Costas para las partes

En vigor desde 13 jun 2018
Artículo 34 Costas para las partes 1.   La tasa de recurso se determinará de conformidad con el Reglamento de Ejecución (UE) 2018/764 de la Comisión. 2.   Cada una de las partes que participa en los procedimientos de arbitraje correrá con sus propias costas.
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