Art. 11
Disposiciones transitorias
En vigor desde 2 may 2018
Artículo 11
Disposiciones transitorias
En los casos a que se refieren el artículo 55, apartado 4, del Reglamento (UE) 2018/545 y el artículo 15, apartado 4, del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/763, el trabajo realizado antes de la presentación de la solicitud a la Agencia no será sufragado mediante las tasas y cánones contemplados en el presente Reglamento y estará sujeto a la legislación nacional.
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