Art. 6
En vigor desde 25 abr 2018
Artículo 6
El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Será aplicable desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea hasta el 15 de mayo de 2020.
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