Art. 29 · Compilación del expediente que acompaña a la solicitud

Art. 29

Compilación del expediente que acompaña a la solicitud

En vigor desde 4 abr 2018
Artículo 29 Compilación del expediente que acompaña a la solicitud 1.   El solicitante deberá preparar y compilar de manera estructurada el contenido necesario para el expediente que acompaña a la solicitud con arreglo a lo dispuesto en el anexo I. 2.   Respecto de la autorización a que se hace referencia en el artículo 14, apartado 1, letras b), c), d), y e), el solicitante deberá comprobar la validez de la autorización de tipo de vehículo existente. 3.   En lo relativo a la autorización a que se refiere el artículo 14, apartado 1, letras c) y d), el solicitante presentará la documentación necesaria para que la entidad responsable de la autorización emita su decisión, incluida, en su caso, toda la documentación que acompañe el expediente de la anterior autorización.
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