Art. 1 · Disposiciones transitorias en relación con los motores

Art. 1

Disposiciones transitorias en relación con los motores

En vigor desde 3 abr 2018
Artículo 1 El Reglamento de Ejecución (UE) 2015/504 queda modificado como sigue: 1) Se inserta el artículo 12 bis siguiente: «Artículo 12 bis Disposiciones transitorias en relación con los motores Por lo que se refiere a los motores cuyo tipo se haya homologado antes del 1 de enero de 2018, o antes del 1 de enero de 2019 en el caso de los motores de las subcategorías NRE-v-5 y NRE-c-5, seguirán siendo de aplicación las siguientes disposiciones de este Reglamento, en la versión aplicable el 6 de agosto de 2018: — anexo I, parte A, — anexo I, parte B, punto 4.2, — anexo I, parte B, punto 5, entradas 2.2.2, 2.5 a 2.5.4.2, 5.2 a 5.5 y 6 a 8.22.4.2, — anexo I, apéndices 1 a 9, — anexo I, apéndice 10, entrada 2.2.2, — anexo I, apéndices 11 a 14, — anexo I, apéndice 15, entrada 2.2.2, — anexo I, apéndices 16 a 23, — anexo I, notas explicativas sobre la ficha de características (6), (7), (9), (12), (24), (26), (29), (39), (40), (49) y (56), — anexo II, punto 2.1.1, — anexo II, nota explicativa (4) relativa al anexo II, — anexo III, apéndice 1, modelo 1 de la sección 2, las entradas bajo el epígrafe “Características generales del tren de potencia”, — anexo III, apéndice 1, modelo 1 de la sección 2, las entradas bajo el epígrafe “Motor”, — anexo III, apéndice 1, modelo 1 de la sección 2, el texto que figura bajo el epígrafe “Resultados de los ensayos de las emisiones de escape (incluido el factor de deterioro)”, el segundo y el cuarto guion del párrafo primero, — anexo III, apéndice 1, modelo 1 de la sección 2, el texto que figura bajo el epígrafe “Resultados de los ensayos de las emisiones de escape (incluido el factor de deterioro)”, el cuadro, — anexo III, apéndice 1, notas explicativas relativas al apéndice 1, a excepción de la nota explicativa (32), — anexo IV, — anexo V, apéndice 2, notas explicativas relativas al apéndice 2, — anexo V, apéndice 4, — anexo V, apéndice 5, — anexo VII, apéndice 1, a excepción del punto 1 y el primer guion del texto del punto 2, — anexo VIII, a excepción del punto 3.2, cuadro 8-1, segunda línea.». 2) El anexo I queda modificado con arreglo a lo dispuesto en el anexo I del presente Reglamento. 3) El anexo II queda modificado con arreglo a lo dispuesto en el anexo II del presente Reglamento. 4) El apéndice 1 del anexo III queda modificado con arreglo a lo dispuesto en el anexo III del presente Reglamento. 5) El anexo IV queda modificado con arreglo a lo dispuesto en el anexo IV del presente Reglamento. 6) El anexo V queda modificado con arreglo a lo dispuesto en el anexo V del presente Reglamento. 7) El anexo VI queda modificado con arreglo a lo dispuesto en el anexo VI del presente Reglamento. 8) El apéndice 1 del anexo VII queda modificado con arreglo a lo dispuesto en el anexo VII del presente Reglamento. 9) El anexo VIII queda modificado con arreglo a lo dispuesto en el anexo VIII del presente Reglamento.
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