Art. 2 · Definiciones

Art. 2

Definiciones

En vigor desde 19 mar 2018
Artículo 2 Definiciones Además de las definiciones establecidas en el Reglamento (CE) n.o 178/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo (2) y el Reglamento (UE) 2015/2283, se aplicarán las siguientes definiciones: a)   «solicitud de consulta»: una solicitud de un explotador de empresa alimentaria a un Estado miembro receptor para determinar la condición de nuevo alimento de un alimento concreto; b)   «Estado miembro receptor»: un Estado miembro en el que el explotador de empresa alimentaria quiere comercializar un alimento concreto por primera vez.
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