Art. 29 · Observaciones sobre cuestiones de interés general

Art. 29

Observaciones sobre cuestiones de interés general

En vigor desde 5 mar 2018
Artículo 29 Observaciones sobre cuestiones de interés general La sala de recurso podrá, por iniciativa propia o a petición escrita y motivada del director ejecutivo de la Oficina, invitar a dicho director ejecutivo a presentar sus comentarios sobre las cuestiones de interés general que se planteen en el marco de los procedimientos instruidos en dicha sala. Las partes podrán presentar sus observaciones con respecto a los comentarios del director ejecutivo.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg_del:2018:625:oj#art-29