Art. 29
Observaciones sobre cuestiones de interés general
En vigor desde 5 mar 2018
Artículo 29
Observaciones sobre cuestiones de interés general
La sala de recurso podrá, por iniciativa propia o a petición escrita y motivada del director ejecutivo de la Oficina, invitar a dicho director ejecutivo a presentar sus comentarios sobre las cuestiones de interés general que se planteen en el marco de los procedimientos instruidos en dicha sala. Las partes podrán presentar sus observaciones con respecto a los comentarios del director ejecutivo.
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