Art. 14
Información a las partes sobre una solicitud de caducidad o de declaración de nulidad
En vigor desde 5 mar 2018
Artículo 14
Información a las partes sobre una solicitud de caducidad o de declaración de nulidad
La solicitud de caducidad o de declaración de nulidad y cualquier documento presentado por el solicitante, así como toda comunicación dirigida por la Oficina a una de las partes antes de que se determine la admisibilidad, deberá ser enviada por la Oficina a la otra parte al objeto de informarla de la presentación de una solicitud de caducidad o de declaración de nulidad.
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