Art. 2
En vigor desde 7 feb 2018
Artículo 2
Los productos originarios de los Estados Unidos enumerados en el anexo I del presente Reglamento estarán sujetos a un derecho de importación ad valorem del 4,3 %, adicional al derecho de aduana aplicable en virtud del Reglamento (UE) n.o 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (8).
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