Art. 21 · Entrada en vigor y aplicación

Art. 21

Entrada en vigor y aplicación

En vigor desde 14 dic 2017
Artículo 21 Entrada en vigor y aplicación El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Será aplicable a partir del 3 de enero de 2018.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg_impl:2017:2382:oj#art-21