Art. 40 · Modificación del Reglamento (CE) n.o 1060/2009

Art. 40

Modificación del Reglamento (CE) n.o 1060/2009

En vigor desde 12 dic 2017
Artículo 40 Modificación del Reglamento (CE) n.o 1060/2009 El Reglamento (CE) n.o 1060/2009 queda modificado como sigue: 1) En los considerandos 22 y 41, en el artículo 8 quater y en el punto 1 de la parte II de la sección D del anexo I, «instrumento de financiación estructurada» se sustituye por «instrumento de titulización». 2) En los considerandos 34 y 40, el artículo 8, apartado 4, el artículo 8 quater, el artículo 10, apartado 3 y el artículo 39, apartado 4, así como en el párrafo quinto del punto 2 de la sección A y el punto 5 de la sección B del anexo I, en el título y el punto 2 de la parte II de la sección D del anexo I, y en los puntos 8, 24 y 45 de la parte I y el punto 8 de la parte III del anexo III, «instrumentos de financiación estructurada» se sustituye por «instrumentos de titulización». 3) En el artículo 1, el párrafo segundo se sustituye por el texto siguiente: «El presente Reglamento impone también obligaciones a los emisores y terceros vinculados establecidos en la Unión en relación con los instrumentos de titulización.». 4) En el artículo 3, apartado 1, la letra l) se sustituye por el texto siguiente: «l) «instrumento de titulización»: un instrumento financiero u otro activo resultante de una operación o mecanismo de titulización según se contempla en el artículo 2, apartado 1, del Reglamento (UE) 2017/2402 [Reglamento de titulizaciones];». 5) Se suprime el artículo 8 ter. 6) En el artículo 4, apartado 3, letra b), en el artículo 5, apartado 6, párrafo segundo, y en el artículo 25 bis se suprime la referencia al artículo 8 ter.
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