Art. 42 · Entrada en vigor y aplicación

Art. 42

Entrada en vigor y aplicación

En vigor desde 12 dic 2017
Artículo 42 Entrada en vigor y aplicación El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Será aplicable a partir del 17 de enero de 2020.
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