Art. 6
Requisitos de los elementos categorizados como conocimiento
En vigor desde 27 nov 2017
Artículo 6
Requisitos de los elementos categorizados como conocimiento
1. Los proveedores de servicios de pago adoptarán medidas para mitigar el riesgo de que los elementos de autenticación reforzada de clientes categorizados como conocimiento se revelen o se divulguen a terceros no autorizados.
2. La utilización de dichos elementos por el ordenante estará sujeta a medidas de mitigación para evitar su divulgación a terceros no autorizados.
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