Art. 23
Creación y transmisión de credenciales
En vigor desde 27 nov 2017
Artículo 23
Creación y transmisión de credenciales
Los proveedores de servicios de pago garantizarán que la creación de credenciales de seguridad personalizadas se lleva a cabo en un entorno seguro.
Antes de la entrega de las credenciales de seguridad personalizadas y de los dispositivos y los programas informáticos de autenticación al ordenante, los proveedores de servicios de pago mitigarán los riesgos de su uso no autorizado en caso de extravío, robo o reproducción.
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