Art. 4 · Entrada en vigor

Art. 4

Entrada en vigor

En vigor desde 21 nov 2017
Artículo 4 Entrada en vigor El presente Reglamento entrará en vigor a los tres días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Será aplicable del 1 de enero de 2018 al 31 de diciembre de 2020.
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