Art. 10
Modificación del Reglamento (UE) 2017/127
En vigor desde 27 oct 2017
Artículo 10
Modificación del Reglamento (UE) 2017/127
En el anexo IA del Reglamento (UE) 2017/127, la tabla relativa a las posibilidades de pesca de la faneca noruega y sus capturas accesorias en la zona 3a y en las aguas de la Unión de las zonas 2a y 4 se sustituye por la tabla siguiente:
«Especie:
Faneca noruega y capturas accesorias asociadas
Trisopterus esmarkii
Zona:
3a; aguas de la Unión de las zonas 2a y 4
(NOP/2A3A4.)
Año
2017
2018
Dinamarca
141 819 (7)
(9)
54 949 (7)
(12)
Alemania
27 (7)
(8)
(9)
11 (7)
(8)
(12)
Países Bajos
104 (7)
(8)
(9)
40 (7)
(8)
(12)
Unión
141 950 (7)
(9)
55 000 (7)
(12)
Noruega
25 000 (10)
Islas Feroe
9 300 (11)
TAC
238 981
No aplicable
TAC analítico
No será aplicable el artículo 3 del Reglamento (CE) n.o 847/96
No será aplicable el artículo 4 del Reglamento (CE) n.o 847/96
Historial de versiones
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