Art. 90
Agentes financieros
En vigor desde 12 oct 2017
Artículo 90
Agentes financieros
1. El Fiscal General Europeo será el responsable de preparar las decisiones sobre el establecimiento del presupuesto y de presentárselas al Colegio para su adopción.
2. El Director Administrativo, en su condición de ordenador de pagos, se ocupará de la ejecución del presupuesto de la Fiscalía Europea.
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