Art. 4 · Estructura del FEDS

Art. 4

Estructura del FEDS

En vigor desde 26 sept 2017
Artículo 4 Estructura del FEDS 1.   El FEDS estará compuesto por plataformas regionales de inversión establecidas sobre la base de los métodos de trabajo, los procedimientos y las estructuras de los instrumentos de financiación mixta exterior de la Unión existentes, que combinarán sus operaciones de financiación mixta con las operaciones de la Garantía del FEDS. 2.   La Comisión se encargará de la gestión del FEDS. La Comisión trabajará en estrecha cooperación con el BEI, con el respaldo de otras contrapartes elegibles, por lo que respecta a la gestión operativa de la Garantía del FEDS. A tal fin, se creará un grupo de evaluación técnica sobre la Garantía del FEDS.
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